Traducción del Fuero

La Carta de Confirmación de Alfonso X del Fuero de Palenzuela ha estado guardada durante muchos años en el ayuntamiento. Finalizada la restauración, se divulgó entre los vecinos la existencia de esta Carta, su significado e importancia mediante doctos del tema en una reunión celebrada en la iglesia de la villa. Asimismo, se realizaron ediciones facsímil del fuero en tamaño natural y se vendieron junto con un pequeño libro donde se incluía la traducción, que a continuación se presenta.

Conocida cosa sea de todos los hombres que esta carta vieren, como nos don Alfonso (Alfonso X), por la Gracia de Dios Rey de Castilla, de Toledo, de León, de Galicia, de Sevilla, de Córdoba, de Murcia y de Jaén, vimos un privilegio del Rey don Fernando (Fernando III), mi padre, hecho de esta manera:

Conocido sea a todos, tanto presentes como futuros como yo Fernando (Fernando III), por la Gracia de Dios Rey de Castilla y Toledo, encontré este privilegio por mis progenitores hecho y concedido a los hombres de Palenzuela de esta manera:

En nombre de la Santa e Indivisible Trinidad, esto es, Padre e Hijo y Espíritu Santo, Amén. Esta es escritura firme que hizo el Rey Alfonso (¿Alfonso VIII?) a los hombres de Palenzuela del Conde, tanto presentes como futuros de buenos fueros como los tenían los que los tuvieron en los días del Conde Sancho (Conde Sancho García), tanto aquellos que allí son moradores como aquellos que llegados fueren para habitarla.

Que den en cada año cuatro sernas, y en estas sernas cualquiera que llevaren dos días denles pan y vino y carne; y los otros dos días pan y vino; y si esto no les dieren no vayan allí. Estas cuatro sernas se hacen para barbechar y para sembrar y para segar y para trillar. Así mismo, los hombres menestrales que no tengan bueyes den cuatro denarios en marzo y después nada.

Las aldeas de Palenzuela son estas: Seóguela, Tabanera, Cornejo, Villahán, Henar, Valles, Valdeparada.

Si el señor que mandase en Palenzuela del Conde quisiere enviar en mandadería caballero o peón de Palenzuela, deles toda su espensa (gasto); y el peón marche hasta su alfoz y el caballero hasta Carrión y hasta Palencia y hasta Lerma y Hasta Burgos y hasta Castrojeriz. Esta mandadería no la hagan el peón ni el caballero más de una vez al año y si nos les diese el señor su espensa no vayan allí.

El hombre de Palenzuela dé en uno cualquier año en infurción cinco panes y una cuarta de vino y dos denarios para carne y una hemina de cebada; y esto den desde la fiesta de San Miguel hasta la fiesta de San Martín, y si hasta la fiesta de San Martín no requieren esta infurción, permanezca.

Todos los hombres que llegados fueren en Palenzuela no den infurción ni hagan serna en el primer año.

Cualquiera que no mantuviere por sí casa, sea varón o fémina, nada dé.

Y tengan los hombres de Palenzuela sus términos de Fuente Castellana y de las Peñas que están dentro de la Fuente Castellana y Fonte Lobar, todo el valle arriba hasta la Matanza en acá; de Piedras Rúbias en acá, y de Valdasniela en acá; Pozuela aldea fue de Palenzuela, Garfón y gallegos con sus términos; Valdregis hasta la Fuente Castellana, de la parte del Río Francos desde Semita Dalgodre en acá; de Valdeferram, que está en Buenamadre, en acá; de Campo de Laguna hasta Autier de Ferro y, a continuación, hasta San Isidro, cerca de Villódrigo como desde Semita discurre en acá; de la Puente de Villódrigo hasta el río por el llano arriba hasta los Casares de Fanovéquez en acá; de parte de Pereniela de las Pozas hasta el Portillo de Valdefontes de suso el cerral ayuso en acá; de Val de Cenay el sendero arriba hasta el fito donde parte la carretera de Santa María del Campo y de Negreda en acá; términos de Palenzuela.

En el alfoz del Conde Palenzuela están todas estas villas tras el Pisuerga: San Antonio, Quintana, Sendino, Villaflaim, Bistia, Villagundrando, Quintana Herrera, Valdeperal, Villaodoch, Catrillo, Villacentola, Váscones, Valdecañas, Villanoyaya, Fontanilla, Villaramiro, Castellanos, Hontoriola, Ranedo, Sata María de Río Tortello, Tordemoronta, Pereniela, Peral, Quitanilla Covano, Villatón, Barrio de Santa María, Quintanilla Alvilla, Moral con Palenzuela sirven al Rey en uno.

El hombre de Palenzuela que fuere homicida, no sea ayudado por ningún hombe desde San Cristóbal en acá, ni desde Oter Domiceros en acá, ni desde Piedrahita en acá, ni desde la Linde en acá, ni desde la Peña de San Pelayo en acá.

El hombre de Palenzuela el primer año que se casare con mujer no haga serna ni facendera alguna.

La mujer que enviudare no haga serna hasta cabo de año, ni haga posada en su casa.

Así mismo, clérigo no haga serna ni dicha facendera ni posada alguna en su casa, si no quisiere.

Todos los hombres de Palenzuela que fueren de la alfoz de Palenzuela que quisieren venir a poblar Palenzuela, vengan con toda su heredad y con todos sus bienes.

El hombre de Palenzuela que hiciere homicidio por su mano en la villa o fuera de la villa, sólo peche al palacio la mita de los (bienes) muebles que estuvieren dentro de su casa. Y si hubiere fruto de pan o vino por coger no dé al palacio nada, tampoco ganado.

El mancebo libre que homicidio hiciere y casa no tuviere, peche al palacio la mitad de su pegujar (hacienda) y no la heredad.

El hombre de Palenzuela que en agua muriese o en fuego o en cualquier lugar muriese, los que fueron del muerto vayan y lo entierren sin ninguna caloña (multa).

| 1 | 2 | 3 | >>>